Por Capacitación Dfacture hace 5 años

¿Los RIF tienen que dar reparto de utilidades?

El reparto de utilidades es una parte de las ganancias de la empresa o compañía que se otorga una vez al año y es un derecho de los trabajadores, se puede proporcionar hasta el 31 de mayo cuando el patrón es persona moral, si es persona física tienen hasta el 30 de junio para entregarlo de acuerdo con la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Los contribuyentes que tengan una compañía o empresa y están registrados dentro del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) no están exentos a repartir sus ganancias y tienen que pagar utilidades, esto se respalda respecto a los artículos 109 y 111.

  • El artículo 109 de la ley del ISR hace referencia al cálculo de las utilidades a repartir entre los trabajadores en el caso de contribuyentes que obtengan “ingresos por actividades empresariales y servicios profesionales”.
  • El artículo 111 tiene un párrafo que refiere a la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa en el contexto específico del RIF. 


Creado por Redes sociales hace 4 años

Riesgos graves para tu empresa con la nueva reforma fiscal 2020 de Lista Negra del SAT

​Ante los agresivos esquemas de fiscalización actuales y las más aún agresivas sanciones para empresas, socios o representantes que entran en vigor a partir de 2020, no se puede actuar con displi...

Creado por Capacitación hace 5 años

​¿Cuándo debes realizar un CFDI de nómina?

Según la ley tendrías que generar el CFDI de nómina en la fecha en la que se pague el salario; sin embargo, para facilitar el proceso puedes generarlo antes o después de realizar el pago. Si gener...

message