Por Paulina Aguilar hace 8 años
Estamos a días de que concluya el ejercicio 2014 y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer por medio de su sitio de internet los complementos del nuevo Comprobante Fiscal Digital por Internet CFDI y el estándar para el Archivo XML y así amparar las retenciones de impuesto, mismos que serán aplicables a las retenciones del ejercicio fiscal que está por terminar.
Por tal motivo los contribuyentes tienen 2 meses como máximo para llevar a cabo todos los cambios necesarios tanto en desarrollos informáticos y tecnológicos dentro de sus sistemas para poder expedir este nuevo comprobante.
Sabiendo que esto aún no es oficial por reglas de carácter general, se dio a conocer en la sección de preguntas frecuentes dentro de su sitio web del servicio de administración tributaria SAT y se entiende esto debe cumplirse para las retenciones del 2014 en base a la pregunta siguiente:
” ¿Qué pasa si durante el año 2014 tuve la obligación de emitir constancias de retenciones siguiendo lo establecido por la regla I.2.7.5.4. de la RMF 2014, pero dicho documento electrónico de retenciones e información de pagos no había sido publicado por el SAT? ”
Y la respuesta es: en base a la regla I.2.7.5.4., primer párrafo, segunda oración de la RMF 2014 se deben presentar dichas constancias a más tardar el 31 de enero del 2015.
Por tal motivo se da entender que ya es una obligación de los contribuyentes.
Es necesario que cumpla con las reglas generales para poder darle legalidad a este comprobante.
Y debe contener los siguientes datos:
Folio del documento
Versión
Sello digital
Fecha y hora
Número de serie del certificado de sello digital
Descripción de la retención (aplicando una clave de retención según un catálogo de claves)
Clave de la retención
Datos del emisor:
RFC
Nombre, denominación o razón social
CURP
Datos del receptor:
Si es Nacional:
RFC
Nombre, denominación o razón social
CURP
Si es Extranjero
Número de registro de identificación fiscal (en el extranjero)
Nombre, denominación o razón social
Período
Mes inicial
Mes final
Ejercicio
Totales
Total de la operación
Total gravado
Total exento
Total retenido
Impuestos retenidos
Base de retención
Tipo de impuesto (de período o del ejercicio)
Monto de la retención
Tipo de pago de retención (pago definitivo o provisional)
Timbre
Complemento. El complemento depende del tipo de operación, el cual llevará los datos específicos que se señalen en la página del SAT, cuanto estén disponibles:
Dividendos
Arrendamiento en fideicomiso
Enajenación de acciones
Fideicomiso no empresarial
Intereses
Intereses hipotecarios
Operaciones con derivados
Planes de retiro
Pago a extranjeros
Sector financiero
Premios
Como conclusión se llega a que tiene la obligación a emitir los recibosCFDIpor constancia de retenciones, pero existen dos alternativas para esta expedición.
Hacer uso del comprobante fiscal digital por internet de dicha operación donde consten las retenciones
Hacer uso de la impresión de los anexos que correspondan al DIM.