Por Paulina Aguilar hace 8 años

Se debe emitir CFDI de Retenciones

Estamos a días de que concluya el ejercicio 2014 y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer por medio de su sitio de internet los complementos del nuevo Comprobante Fiscal Digital por Internet CFDI y el estándar para el Archivo XML y así amparar las retenciones de impuesto, mismos que serán aplicables a las retenciones del ejercicio fiscal que está por terminar.

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Por tal motivo los contribuyentes tienen 2 meses como máximo para llevar a cabo todos los cambios necesarios tanto en desarrollos informáticos y tecnológicos dentro de sus sistemas para poder expedir este nuevo comprobante.

Sabiendo que esto aún no es oficial por reglas de carácter general, se dio a conocer en la sección de preguntas frecuentes dentro de su sitio web del servicio de administración tributaria SAT y se entiende esto debe cumplirse para las retenciones del 2014 en base a la pregunta siguiente:

” ¿Qué pasa si durante el año 2014 tuve la obligación de emitir constancias de retenciones siguiendo lo establecido por la regla I.2.7.5.4. de la RMF 2014, pero dicho documento electrónico de retenciones e información de pagos no había sido publicado por el SAT? ”

Y la respuesta es: en base a la regla I.2.7.5.4., primer párrafo, segunda oración de la RMF 2014 se deben presentar dichas constancias a más tardar el 31 de enero del 2015.

Por tal motivo se da entender que ya es una obligación de los contribuyentes.

Es necesario que cumpla con las reglas generales para poder darle legalidad a este comprobante.

Y debe contener los siguientes datos:

  • Folio del documento

  • Versión

  • Sello digital

  • Fecha y hora

  • Número de serie del certificado de sello digital

  • Descripción de la retención (aplicando una clave de retención según un catálogo de claves)

  • Clave de la retención

  1. Datos del emisor:

  2. RFC

  3. Nombre, denominación o razón social

  4. CURP

  • Datos del receptor:

  • Si es Nacional:

  1. RFC

  2. Nombre, denominación o razón social

  3. CURP

  • Si es Extranjero

  1. Número de registro de identificación fiscal (en el extranjero)

  2. Nombre, denominación o razón social

  • Período

  1. Mes inicial

  2. Mes final

  3. Ejercicio

  • Totales

  1. Total de la operación

  2. Total gravado

  3. Total exento

  4. Total retenido

  • Impuestos retenidos

  1. Base de retención

  2. Tipo de impuesto (de período o del ejercicio)

  3. Monto de la retención

  4. Tipo de pago de retención (pago definitivo o provisional)

  5. Timbre

  6. Complemento. El complemento depende del tipo de operación, el cual llevará los datos específicos que se señalen en la página del SAT, cuanto estén disponibles:

Dividendos

Arrendamiento en fideicomiso

Enajenación de acciones

Fideicomiso no empresarial

Intereses

Intereses hipotecarios

Operaciones con derivados

Planes de retiro

Pago a extranjeros

Sector financiero

Premios

Como conclusión se llega a que tiene la obligación a emitir los recibosCFDIpor constancia de retenciones, pero existen dos alternativas para esta expedición.

  1. Hacer uso del comprobante fiscal digital por internet de dicha operación donde consten las retenciones

  2. Hacer uso de la impresión de los anexos que correspondan al DIM.

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